Revisión de EPIs

Según la normativa vigente (Real Decreto 1215/1997 Art. 4), todos los equipos de categoría III deben ser sometidos a una inspección periódica como mínimo cada 12 meses, o con la frecuencia que indique el fabricante. SERVIGASA realiza esta inspección y mantenimiento OBLIGATORIO, disponiendo de personal formado y acreditado por los principales fabricantes.

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